EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS EN EL PODER JUDICIAL

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó, por unanimidad, la medida cautelar que había solicitado la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional para que aquellos funcionarios que asumieron sus cargos a partir del 01/01/2017 fueran exceptuados del pago del impuesto a las ganancias.

El Máximo Tribunal concluyó que no existían razones suficientes para adoptar una decisión cautelar de tal gravedad que eximiera del cumplimiento de lo ordenado por la ley a los sujetos representados por la actora. De ello derivó que la vigente ley del impuesto a las ganancias resulta plenamente aplicable.

EMPLEADOS DE COMERCIO - REAPERTURA DE PARITARIA<< >>NUEVAS CATEGORIAS DE MONOTRIBUTO - 2019