ELIMINACIÓN DE FACTURAS EN FORMATO PAPEL

Informamos que la AFIP tiene previsto que aquellos responsables inscriptos que aún utilizan las facturas en formato papel comiencen a dejar de utilizarlas a partir del 01/08/2018, mientras que para los monotributistas y los sujetos exentos en el IVA, el proceso de eliminación de las facturas en formato papel se iniciaría el 01/10/2018.

  • RESPONSABLES INSCRIPTOS: FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA DESDE EL 01/08/2018.
  • MONOTRIBUTISTAS: FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA DESDE EL 01/10/2018.
  • SUJETOS EXENTOS EN IVA: FACTURA ELECTRONICA OBLIGATORIA DESDE EL 01/10/2018.

Esto conlleva a que NO se deberán aceptar de los proveedores facturas en papel desde la misma fecha.

La AFIP tiene previsto elevar, a partir del 1 de agosto de 2018, a $ 5.000 el importe a partir del cual debe identificarse al adquirente en las operaciones realizadas con consumidores finales.

Los contribuyentes de comercio minorista tendrán tiempo hasta el 31 de enero del 2021 para incorporarse al régimen con nueva tecnología en los post, mientras que el sector mayorista tendrá tiempo para adecuarse hasta marzo del 2019.
Por lo cual, se prevé que en marzo de 2019 ya no se usará más la factura en formato papel, desapareciendo los controladores fiscales, y que este formato quedará solamente para ser usado por los monotributistas del régimen de inclusión social.

Esta última medida se enmarca en un plan que prepara el escenario para el libro de IVA digital. Cada contribuyente podrá ver por un medio digital todas sus facturas de compra y de venta.

NUEVO FORMULARIO 960/D, CON CÓDIGO “QR”<< >>MODIFICACIONES EN EL CÓMPUTO DE DEDUCCIONES POR HIJOS